Instituto de Servicios Sociales – ISS

El Instituto de Servicios Sociales del Colegio de Ingenieros del Perú, cuya denominación abreviada es ISS, es el encargado de los Servicios Sociales, Mutual, Previsión, Seguridad, Recreación y otros similares que brinda a sus colegiados y sus familiares directos.

Ver Reglamento del Instituto de Servicios Sociales – 2023

QUIENES INTEGRAN EL ISS-CIP

  • Todos los Ingenieros colegiados Ordinarios y Vitalicios habilitados del CIP.
  • Es importante que el colegiado tenga conocimiento que la subsistencia organizacional y económica del ISS-CIP, así como el cumplimiento de sus objetivos, se sustenta en los S/. 2.50 soles que los ingenieros aportan dentro del pago de su cuota social mensual.
  • Cabe indicar que los ingenieros VITALICIOS no están exonerados de aportar este monto.

QUIENES TIENES DERECHO A LOS BENEFICIOS DEL ISS-CIP

Según Artículo Nº 21 del Reglamento vigente del ISS-CIP que a la letra indica: “Tendrán derecho a los beneficios del ISS-CIP todos los ingenieros Ordinarios y Vitalicios que se mantengan al día en sus cuotas institucionales (ordinarias o vitalicias) y que estas hayan sido transferidas, del Consejo Departamental respectivo, al Consejo Nacional. El plazo permitido de deuda será hasta tres (3) meses antes del evento que genera el derecho al beneficio solicitado y cumplan con los requisitos establecidos en el Estatuto y presente Reglamento, según el tipo de asignación solicitada.”

Artículo 25. Los montos por cada asignación, serán los siguientes:

Asignación por Fallecimiento de Titular S/. 5,000.00
Asignación por Fallecimiento de Cónyuge del Titular S/. 1,600.00
Asignación por Fallecimiento de Hijos del Titular, menores de 18 años S/.    700.00
Asignación por Incapacidad Permanente del Titular S/. 2,400.00
Asignación por Apoyo Solidario al Titular S/. 1,500.00

Hacer clic aquí, para imprimir los requisitos para los trámites de Asignaciones que brinda el ISS-CIP

IMPORTANTE: CARTA DECLARATORIA DE BENEFICIARIO para la Asignación por fallecimiento del Titular deberá imprimir formato, llenar sus datos, legalizar notarialmente y entregarla en Secretaría del Consejo Departamental de Cajamarca (La creación o actualizacion de la carta de beneficiarios lo puede hacer desde el sistema CIP VIRTUAL).

REGISTRAR CARTA DECLARATORIA DE BENEFICIARIOS – ISS

Para mayores informes, comunicarse con Secretaría del CIP CDC al teléfono (076) 369 268 o Cel. 976 736 165 o E-mail. secretaria@cipcajamarca.org.pe en el horario de oficina.